Siguiente a la incorporación en el Registro de Comercio, se listan los requisitos obligatorios:
Número de Identificación Tributaria – NIT- de los socios (en caso de no tenerse, podemos colaborar en su obtención),
Documento Único de Identidad (DUI), Carné de Residente ó Pasaporte de cada uno de los socios; para el caso de ser accionistas otras empresas se requiere los documentos de fundación de la sociedad y credenciales que acrediten la personería de la sociedad.
Nombre con el que se pretende denominar a la Sociedad; para investigar sí esta disponible su uso en el Registro de Comercio, este servicio lo proporcionamos en forma gratuita.
Finalidad: El giro o actividad principal a lo que se dedicará la Empresa.
Capital Social: Las reformas a la ley relacionada al principio, expresan que tanto para salvadoreños como para Extranjeros el Capital Social como mínimo debe ser de USD $ 2,000.00, de los cuales deberán pagarse con cheque certificado de un Banco salvadoreño a nombre de la nueva Sociedad, la cantidad total o USD $ 100.00 (que es el 5% del capital mínimo requerido) El saldo del Capital social se pagará en un plazo no mayor de UN año.
El porcentaje de participación accionaria para cada socio; forma en que se repartirán las acciones.
Quien será el Representante Legal y quien será el suplente o como estará conformada la Junta Directiva.
Con la información y documentos arriba detallados, se otorgará la Escritura de constitución de sociedad, y se inscribirá en el Registro de Comercio en un plazo promedio de 5 días hábiles.
Se elaborará un documento privado que contenga los estatutos de la sociedad constituida, en los que se desarrollarán los derechos y obligaciones que existen entre ella y sus socios; y posteriormente se depositarán en el Registro de Comercio, en un plazo promedio de 2 días hábiles.